El 9 de noviembre de 2023, mediante el Decreto Nº 653, la Presidencia de la República del Paraguay, designa a un renombrado investigador paraguayo como asesor científico, ad honorem, del Poder Ejecutivo. Seis días después de este hecho histórico, el Diario ABC informa que la Facultad de Ciencias Jurídicas y Diplomáticas de la Universidad Católica (UC), mediante una carta, escrita por el Doctor en Educación, Arzobispo Emérito, Edmundo Valenzuela, sienta postura «crítica», ante una reciente opinión del científico sobre que la educación sexual en la escuela debe tener una base curricular científica y no confesional religiosa. Entonces, una vez más surge la necesidad de plantear la necesidad de asumir que, hoy, la «educación laica» es un ámbito de conocimiento «no suficientemente» debatido y comprendido en el Paraguay.
Redactado por @MiradasPedagogogicas.py540_201 | 18 noviembre 2023
Conceptos Claves: Educación laica – Escuela – Estado – Religión – Sociedad
Propuesta para reflexionar juntos
Uno de los mayores debates actuales, a nivel mundial, gira en torno a los evidentes retrocesos del modelo democrático de convivencia humana[1]. Debates que, hoy, incluyen -entre las problemáticas que abordar- a la necesidad de volver a poner en valor al «Estado laico»[2] ante los avances de «grupos confesionales de poder», los cuales, desde su accionar endogámico, favorecen el debilitamiento de las democracias pluralistas, participativas e inclusivas[3].
En este contexto, aquí se propone una serie de 10 artículos, este es el segundo, que pretender ser una oportunidad de pensar juntos el sentido, contenido y alcance de un debate necesario sobre la «educación laica», como parte del «Estado laico». en el Paraguay actual.
En este segundo artículo de la serie “EDUCACIÓN LAICA” se trabaja un caso de referencia, sumamente actual y que, colateralmente, permite constatar que no es claro el concepto y alcance de la «educación laica» en el sistema educativo paraguayo. También, se puede percibir la necesidad de precisar lo que se entiende, fuera del imaginario popular, por «religión», «fundamentalismo» o «Estado totalitario» en relación a los procesos pedagógicos que acontecen en las aulas y patios de las escuelas públicas paraguayas.
La propuesta de este texto es exponer, en base a una selección documental, un caso de referencia sobre el debate del «Estado laico – Educación Pública laica». Caso que se encuentra perfilado en las publicaciones periodísticas que se comparten a continuación, sobre las cuales se propondrán diez preguntas generadoras que, posteriormente, serán trabajadas en “Educación Laica – ARTICULO 3/10”.
Metodología
En orden cronológico, se ofrecen las fuentes periodísticas y oficiales que posibilitan construir el caso de referencia, poniendo a disposición los links que permiten el acceso a los textos originales. En el cuerpo del artículo son reproducidos aquellos pasajes de la nota periodística que visibilizan uno o más puntos de debate en torno a la idea de un Estado laico o de una educación laica en el Paraguay. Igualmente, cuando en la noticia original se citan artículos de la Constitución Nacional o Leyes, éstos se transcriben en forma literal.
La intención es ofrecer un panorama documental adecuado para poder debatir, en el siguiente “ARTICULO 3/10”, los argumentos sobre la hipótesis de que en la sociedad paraguaya es aún insuficiente el debate conceptual sobre la «educación laica» y su rol democratizador frente a visiones homogéneas de la formación humana como, por ejemplo, están en la base de la visión de la escuela pública de los «grupos confesionales de poder».
Una última nota, se para entender el contexto de este artículo, es pertinente leer, en este Blog, «Educación Laica – ARTICULO 3/10» “Conversaciones sobre educación laica: Ser laico, secular o seglar en la perspectiva teórica de Harari”, concretamente el ítem “Paraguay 2023” se contextualiza la necesidad de un debate sobre «educación laica» en el Paraguay.
Con miras a construir el caso de referencia, se presenta la documentación necesaria: notas periodísticas, carta, citadas, artículos constitucionales y legales. Información que se organiza en “ESCENAS” de un hecho de interés para comprender la necesidad actual de un debate sobre el Estado laico y la educación laica en el Paraguay.
En síntesis, aquí se sugiere una revisión documental, en torno a la controversia que se generó a partir de una declaración del asesor científico de la Presidencia de la República, la cual desencadenó una reacción oficial y pública de una institución universitaria dependiente de la jerarquía de la Iglesia Católica paraguaya.
Recuperación de los textos necesario para construir el caso de referencia SOBRE UN POSIBLE DEBATE EN TORNO A LA EDUCACIÓN LAICA
ESCENA 01
Diario ABC Color, 11 de noviembre de 2023
Poder Ejecutivo nombra a Antonio Cubilla como asesor científico de Santiago Peña
A través del decreto 653 el Poder Ejecutivo nombra a Antonio Leopoldo Cubilla Ramos como asesor científico del Presidente de la República, con carácter “ad honoren”. Santiago Peña lo califica como una autoridad indiscutida en el campo de la ciencia y la investigación.
Por primera vez la Presidencia del Paraguay contará con un asesor científico, suscribe.
“Agradezco a Antonio Cubilla, una autoridad indiscutida en el campo de la ciencia y la investigación por acompañarnos en el desafío de lograr un mayor desarrollo científico en el país”, refiere.
TRANSCRIPCIÓN DEL DECRETO Nº 653 (este Decreto no aparece textual en el presente artículo del Diario ABC Color)
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
MINISTERIO DEL INTERIOR
DECRETO Nº 653
Asunción, 9 de noviembre de 2023
VISTO
Los artículos 238, numerales 1) y 6), de la Constitución de la República del Paraguay;
El artículo 27 del Decreto Nº 639 de fecha 03 de noviembre de 2023, «Por el cual se establece la nueva estructura del Gabinete Civil de la Presidencia de la República»; y
CONSIDERANDO
Que el artículo 238, numeral 6), de la Constitución Nacional faculta a quien ejerce la Presidencia de la República a nombrar y remover por sí a los funcionarios de la Administración Pública.
Que el artículo 27 del Decreto Nº 639/2023 establece cuanto sigue: «El Presidente de la República puede disponer directamente de todos aquellos asesores que estime pertinentes, sea en forma permanente o transitoria».
Que para el actual Gobierno nacional resulta de trascendental importancia el desarrollo e impulso de la ciencia en general y la investigación científica en particular, materias que deben figurar entre las más altas prioridades en la agenda país, de forma tal a cerrar la brecha que existe con otros países en estas áreas y de producir avances significativos en el campo científico en el Paraguay.
Que el campo de la ciencia y la investigación científica son ámbitos que se configuran entonces como prioridades esenciales en la actual agenda gubernamental.
Que el Doctor Antonio Leopoldo Cubilla Ramos tiene una vasta y destacada trayectoria nacional e internacional en el campo de la investigación científica, habiendo sido galardonado con el Premio Nacional de Ciencias (2002), siendo durante años destacado docente, investigador y luego Profesor Emérito de la Universidad Nacional de Asunción, además de haber sido docente e investigador en la prestigiosa Cornell University de los Estados Unidos de América, de ser miembro de sociedades internacionales de investigación y divulgación científica y haber publicado más de una centena de trabajos de investigación, constituyéndose en una de las más importantes figuras a nivel nacional en el campo de la investigación científica.
POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
DECRETA:
Art. 1º.- Nómbrase al señor Antonio Leopoldo Cubilla Ramos, con cédula de identidad civil número 251.254, como Asesor Científico del Señor Presidente de la República, con carácter «ad honorem».
Art. 2º.- Establécese que para el objetivo de la asesoría, apoyo y acompañamiento al Presidente de la República, la persona nombrada en el artículo precedente, podrá asistir a las reuniones de los organismos y entidades del Estado relativas al área/sector respectivo, incluyendo el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología del Paraguay (CONACYT) y, asimismo, relacionarse con instituciones de educación superior para establecer líneas para la profundización de la investigación científica y proponer planes, estrategias y proyectos al Presidente de la República con miras a desarrollar el área de las ciencias y la investigación científica en el Paraguay.
Art. 3º.- Otórganse a la persona nombrada en el presente Decreto, los honores y las prerrogativas de los Ministros del Poder Ejecutivo.
Art. 4º.- Refréndese por el Ministro del Interior.
Art. 5º.- Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
CEXTER/ C/2023/2272
ESCENA 02
Diario ABC Color, 14 de noviembre de 2023
Educación sexual: concepto religioso no debería entrar en escuelas públicas, dice asesor científico de la Presidencia
Sobre los materiales “12 Ciencias para la educación de la sexualidad y la afectividad en la escuela y la familia”, de la autora ecuatoriana María Judith Turriaga, el doctor Antonio Cubilla, asesor científico de la Presidencia de la República, expresó que el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) “no debería ingresar ningún concepto como fundamentalismo religioso en la educación”.
Si bien dijo que desconoce los documentos, Cubilla indicó que sigue todo lo publicado en los medios de comunicación. “Cada cosa en su lugar”, dijo y aseguró que el ingreso de contenido religioso en escuelas públicas sería “contaminar la mente de los niños”.
La castidad por sobre la abstinencia es otro cuestionamiento al enfoque religioso de estos libros. El ministro de Educación, Luis Ramírez había defendido el contenido indicando que no creía que se hiciera “catequesis con estos materiales”.
Educación sexual: asesor científico de presidencia quiere separar la ciencia de la pseudociencia
Separar la ciencia de la pseudociencia es uno de los enfoques que desea encarar el doctor Antonio Cubilla como asesor científico de la Presidencia.
“Es una actividad que me interesa y que probablemente es pertinente en nuestro país, que es la delimitación de la ciencia de la pseudociencia, un tema polémico”, comentó el especialista.
Cubilla remarcó que muchas veces los fundamentalismos religiosos caen en esta tipología de lo pseudocientífico. “Por supuesto que los límites no son precisos en lo que es y no es ciencia, pero hay que trabajar sobre eso”, agregó.
ESCENA 03
Diario ABC Color, 15 de noviembre de 2023
Educación sexual: Universidad Católica responde al asesor científico de Presidencia
El arzobispo emérito, monseñor Edmundo Valenzuela, envió una carta que expresa la postura de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Diplomáticas de la Universidad Católica (UC) sobre los cuestionamientos del asesor científico de la Presidencia, doctor Antonio Cubilla, a los materiales “12 ciencias para la educación de la sexualidad y la afectividad en la escuela” del Ministerio de Educación y Ciencias (MEC).
El reconocido científico nacional señaló que “no debería ingresar ningún concepto como fundamentalismo religioso en la educación”. Agregó que “cada cosa en su lugar” y manifestó que el ingreso de contenido religioso en escuelas públicas sería “contaminar la mente de los niños”.
Al respecto, Universidad Católica respondió a Cubilla y señaló que ser religioso “no es ser fundamentalista”. Además, le replicó que “hablar sobre la verdad no es un acto de terrorismo, salvo que estemos en un ‘Estado totalitario’”.
Educación sexual: al Estado no le pertenece el derecho a la educación
La facultad de la citada universidad privada puntualizó que el derecho a la educación no le pertenece al Estado, sino a la familia. “La función del Estado es organizar el sistema educativo. No tiene el derecho activo a la educación, sino la obligación de organizar el sistema, con las comunidades educativas”, subrayó.
Agregó que los padres son los legitimados de dicho derecho y los que deben elegir el tipo de educación que buscan para sus hijos.
“12 ciencias”: no se puede poner obstáculos a la religión
También afirmó que, si bien el Estado paraguayo es laico, “no significa que sea ateo”, por lo que “no puede ni debe poner obstáculos para que la religión se manifieste o exprese libremente”.
En otro punto, la Universidad indicó que el fin del sistema educativo es buscar el conocimiento y, en ese sentido, mencionó que la educación integral implica aprender sobre religión y pluralismo ideológico.
Con relación a la declaración de Cubilla que indica “cada cosa en su lugar”, en la que afirma que la religión no debe tener influencia en la malla curricular, la casa de estudios manifestó que no hay normas ni leyes que restrinjan o prohíban hablar de Dios en las escuelas.
Piden suspender difusión de libros
El MEC aprobó el uso de los materiales “12 ciencias para la educación de la sexualidad y la afectividad en la escuela y la familia”, el 23 de junio, a través de la Resolución Nº 933/23, firmada por el entonces ministro Nicolás Zárate. Fue a través de un memorándum de recomendación de la ex viceministra de Culto Zulma Morales.
Luego de ello, la cartera educativa recibió varios cuestionamientos de diversas organizaciones educativas, entre ellas de estudiantes y docentes, que exigen la suspensión de la difusión de los libros que -según el ministro Luis Ramírez- el MEC busca impulsar en cinco instituciones públicas.
TRANSCRIPCIÓN DE LA NOTA ENVIADA POR LA Facultad de Ciencias Jurídicas y Diplomáticas de la Universidad Católica [esta nota no aparece textual en el presente artículo del Diario ABC Color]
Estimado Dr. Antonio Cubilla:
Nos dirigimos respetuosamente a Ud., en referencia a los supuestos comentarios publicados en un periódico de nuestra capital, en el que se indican como suyas algunas expresiones, tales como: “no debería ingresar ningún concepto como fundamentalismo religioso en la educación” (comentario referido a los materiales de educación de la afectividad y sexualidad), y por otro lado que: “Cada cosa en su lugar” (referido al ingreso de contenido religioso en las escuelas públicas) … sería como “contaminar la mente de los niños”.
Al respecto manifestamos lo siguiente:
- Ser cristiano, católico o de otra religión no es ser “fundamentalista”: Hablar sobre la verdad no es un acto de terrorismo, salvo que estemos en un “Estado Totalitario”. No conocemos que los editores o autores del libro titulado: “12 CIENCIAS PARA LA EDUCACIÓN DE LA SEXUALIDAD Y AFECTIVIDAD” sean un grupo peligroso o fundamentalista, o signifiquen un peligro para el Estado.
- El Estado paraguayo es laico: lo que significa que no es ateo, ni debe ser confundido como tal (Art. 24 Constitución de la República del Paraguay). Por consiguiente, el Estado no puede, ni debe poner obstáculos para que la religión se manifieste o exprese libremente. Recordamos que el preámbulo de nuestra Constitución reconoce esta situación y no es “fundamentalista “al exponer que:
“El pueblo paraguayo, por medio de sus legítimos representantes reunidos en Convención Nacional Constituyente, invocando a Dios, reconociendo la dignidad humana con el fin de asegurar la libertad, la igualdad y la justicia, reafirmando los principios de la democracia republicana, representativa, participativa y pluralista, ratificando la soberanía e independencia nacionales, e integrado a la comunidad internacional, SANCIONA Y PROMULGA esta Constitución”.
- “Cada Cosa en su lugar”: Desconocemos la vigencia de normas o leyes que restrinjan o prohíban hablar de Dios o de Religión en las escuelas, en el sistema educativo o en algún lugar determinado. En tal sentido, nos preguntamos: ¿Cuál sería el lugar de Dios y cuál el lugar de la Ciencia? Reconocemos que la Ciencia ha llevado adelante importantes aportes para la humanidad, pero también se debe reconocer que la búsqueda de la verdad no puede ser excluida de ningún ámbito.
- El Derecho a la educación no le pertenece al Estado: El derecho le corresponde a la familia, así como el derecho de las familias a elegir el tipo de educación que preferentemente habrán de recibir sus hijos. El Estado no tiene legitimación activa en el derecho a la educación (Art. 75 CN). La función del Estado es organizar el sistema educativo, con la participación de las distintas comunidades educativas, pero -como se ha indicado anteriormente- no tiene el Derecho activo a la Educación sino la obligación de organizar el sistema, con las comunidades educativas (en las que se hallan los legitimados activos del Derecho a la Educación: “Los Padres”. En ningún caso el Derecho a la Educación le pertenece o es decisión exclusiva del Estado, ni puede excluir a los Padres del diseño curricular (Art. 76 CN). Sólo los Estados totalitarios han confiscado a las familias el derecho a la educación.
- Uno de los fines de la educación es buscar el conocimiento: la búsqueda del conocimiento, la preservación y el fomento de la herencia cultural, lingüística y espiritual de la comunidad nacional (art. 9° inciso “c” Ley Nº 1264/98) son objetivos propios de la educación, por tanto la educación integral (art. 1° Ley 1264/98), implica el desarrollo de todas las dimensiones de la persona. El sujeto de la educación es el ser humano. Todo esto es una garantía del derecho de aprender y la igualdad de oportunidades de acceder a los conocimientos y a los beneficios de la cultura humanística, de la ciencia y de la tecnología, así como el derecho a la educación religiosa y al pluralismo ideológico (art. 3 Ley Nº 1264/98).
Facultad de Ciencias Jurídicas y Diplomáticas (Campus Asunción)
Universidad Católica “Nuestra Señora de la Asunción”
Transcripción de los artículos citados en la nota de la Universidad Católica
Constitución Nacional Artículo Nº 24 De la Libertad Religiosa y la Ideológica
Quedan reconocidas la libertad religiosa, la de culto y la ideológica, sin más limitaciones que las establecidas en esta Constitución y en la ley. Ninguna confesión tendrá carácter oficial.
Las relaciones del Estado con la Iglesia Católica se basan en la independencia, cooperación y autonomía.
Se garantizan la independencia y la autonomía de las iglesias y confesiones religiosas, sin más limitaciones que las impuestas en esta Constitución y las leyes.
Nadie puede ser molestado, indagado u obligado a declarar por causa de sus creencias o de su ideología.
Constitución Nacional Artículo Nº 75 De la Responsabilidad Educativa
La educación es responsabilidad de la sociedad y recae en particular en la familia, en el Municipio y en el Estado.
El Estado promoverá programas de complemento nutricional y suministro de útiles escolares para los alumnos de escasos recursos.
Constitución Nacional Artículo Nº 76 De las Obligaciones del Estado
La educación escolar básica es obligatoria. En las escuelas públicas tendrá carácter gratuito. El Estado fomentará la enseñanza media, técnica, agropecuaria, industrial y la superior o universitaria, así como la investigación científica y tecnológica.
La organización del sistema educativo es responsabilidad esencial del Estado, con la participación de las distintas comunidades educativas. Este sistema abarcará a los sectores públicos y privados, así como al ámbito escolar y extraescolar.
Ley Nº 1264 General de Educación Articulo Nº 9 “Son fines del sistema educativo nacional” inciso “c”
c) la formación en el dominio de las dos lenguas oficiales;
Ley Nº 1264 General de Educación Articulo Nº 1
Todo habitante de la República tiene derecho a una educación integral y permanente que, como sistema y proceso, se realizará en el contexto de la cultura de la comunidad.
Ley Nº 1264 General de Educación Articulo Nº 3
El Estado garantizará el derecho de aprender y la igualdad de oportunidades de acceder a los conocimientos y a los beneficios de la cultura humanística, de la ciencia y de la tecnología, sin discriminación alguna.
Garantizará igualmente la libertad de enseñar, sin más requisitos que la idoneidad y la integridad ética, el derecho a la educación religiosa y al pluralismo ideológico.
ESCENA 04
Diario ABC Color, 16 de noviembre de 2023
Educación sexual: Universidad Católica defiende contenido religioso en materiales del MEC
Para el doctor Antonio Cubilla, nombrado recientemente como asesor científico de la Presidencia de la República, los materiales educativos que se utilizan en instituciones educativas de gestión pública no deben incluir contenido religioso, sino que deben apostar a las ciencias. Así opinó al ser consultado por ABC en relación al debate que genera actualmente el abordaje de la educación sexual en escuelas y colegios, que busca implementar el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC).
El doctor Cubilla expresó que “no debería ingresar ningún concepto religioso en las escuelas públicas”. Agregó que desconoce los documentos de “12 Ciencias para la educación de la sexualidad y la afectividad en la escuela”, de la autora ecuatoriana María Judith Turriaga, pero que está siguiendo lo que se publica en los medios de comunicación.
Desde hace semanas, varias organizaciones y estudiantes cuestionan los materiales por su contenido con “sesgo religioso” y enfoque con falta de valor científico, en cuestiones de salud. Los textos refieren por ejemplo, la ineficacia del uso de preservativos para combatir infecciones de transmisión sexual (ITS) o el VIH.
El asesor científico de la Presidencia expresó que “cada cosa” debe ir en su lugar, para separar lo religioso de lo público.
Cubilla comentó además que durante su gestión como asesor científico de la Presidencia, planteará además delimitar las ciencias de las pseudociencias. Refirió que “algunos grupos religiosos” se encuentran en este segundo segmento.
Educación sexual: Facultad de Derecho de la Universidad Católica defendió contenido de “12 Ciencias”
En un comunicado oficial de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Católica de Asunción, que envió ayer a ABC el arzobispo emérito de Asunción, Edmundo Valenzuela, respondieron al doctor Antonio Cubilla.
Desde la sede universitaria, defendieron el contenido de los materiales de “12 Ciencias para la educación de la sexualidad y afectividad en la escuela y la familia”.
“No conocemos que los editores o autores del libro titulado: “12 Ciencias para la educación de la sexualidad y afectividad” sean un grupo peligroso o fundamentalista, o signifiquen un peligro para el Estado”, apuntaron.
El decano de Derecho de la UC, el abogado César Ruffinelli, confirmó que emitieron el documento.
Educación sexual: no está prohibido hablar de Dios en escuelas, dicen
Indicaron igualmente que desconocen “la vigencia de normas o leyes que restrinjan o prohíban hablar de Dios o de religión en las escuelas en el sistema educativo”. En el comunicado, resaltaron también que si bien el Estado es laico, no significa que es ateo ni deba ser confundido como tal.
“Apertura a lo espiritual: Dios te hizo así para que puedas ser esposa y mamá”, dice una parte del manual para familias de “12 Ciencias”.
El MEC aprobó el uso de materiales de “12 Ciencias para la educación de la sexualidad y la afectividad en la escuela y la familia” el 23 de junio a través de la Resolución N° 933/23, firmada por el exministro de Educación Nicolás Zárate. Fue a través de un memorándum de recomendación de la exviceministra de Culto, Zulma Morales.
El MEC sigue sin responder a organizaciones que solicitaron la suspensión del plan para socializarlo con la comunidad educativa.
ESCENA 05
Diario ABC Color, 17 de noviembre de 2023
Organización de estudiantes católicos desautoriza el rechazo al material “12 Ciencias”
El Frente Nacional de Estudiantes Católicos (Frenec), que dice representar a alumnos de 540 instituciones educativas católicas, publicó una carta dirigida al presidente Santiago Peña sobre el programa “12 Ciencias”. Sus representantes desautorizan el pedido de organizaciones que rechazan la implementación del plan educativo.
El Frente Nacional de Estudiantes Católicos (Frenec) hizo pública una carta dirigida al presidente de la República Santiago Peña sobre el programa educativo de las “12 Ciencias para la Educación de la Sexualidad y Afectividad en la Escuela y la Familia”. Con dicho documento, se desautoriza el pedido de organizaciones de rechazar dicho material. Mencionan que han acompañado y validado el material en la Mesa Técnica de Estudiantes del Ministerio de Educación y Ciencias (MEC).
“A diferencia de la narrativa impulsada por los grupos de presión que se oponen a este plan, no se detectó intento alguno de imponer o favorecer a tal o cual credo por encima de otro a los estudiantes,” analizan. Dicen que en el material no hay mención al concepto de Dios fuera de las secciones “Apertura a lo espiritual”.
Subrayan que 96 % de la población profesa una confesión cristiana y es innegable que surgirán preguntas de naturaleza religiosa. “Pretender lo opuesto es negar la propia realidad paraguaya, de su gente, su cultura y su fe”, alegan.
En “12 Ciencias” no hay mensajes discriminativos, dicen
El Frenec dice que no encontró discursos de odio o afirmaciones discriminatorias contra minorías sexuales. Señalan que cinco párrafos fueron dedicados a la homosexualidad contando una historia de superación ante la discriminación. Agregan que se incluyen definiciones conceptuales de homosexualidad y transexualidad, además de un párrafo en el que se afirma que “está bien oponerse a la discriminación injusta” contra estas personas.
Dicha organización sostiene que la mayoría de las objeciones son falacias lógicas, tienen base en errores axiomáticos o conceptuales o intentos de refutar nociones que son tales por definición.
Dicen que organizaciones “se abrogan falsamente la representación de todos los estudiantes” y buscan el retroceso en la implementación del plan. Por lo contrario, el Frenec dice que la iglesia católica tiene el derecho de proponer en sus instituciones educativas un modelo personalista, científico, con valores y sentido de trascendencia.
“Plasmamos nuestras voces en esta carta junto con cada estudiante que profesa la fe cristiana, los padres de familia y los obispos encargados responsables de la educación en el Paraguay; pues es imprescindible una educación afectiva”, reza el comunicado.
TRANSCRIPCIÓN DE LA CARTA DE FRENEC (esta carta aparece completa en la nota del Diario ABC Color)
CARTA ABIERTA AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, DON SANTIAGO PEÑA
Excelentísimo Presidente,
Don Santiago Peña Palacios:
Nos dirigimos a Ud. en representación de la silenciosa mayoría del estudiantado paraguayo con el objeto de hacerle saber la postura adoptada por quinientas cuarenta (540) Instituciones Educativas Católicas, así como la de alumnos de numerosas otras instituciones privadas y nacionales esparcidas por todo el país con respecto al PROGRAMA EDUCATIVO DE LAS 12 CIENCIAS PARA LA EDUCACIÓN DE LA SEXUALIDAD Y AFECTIVIDAD EN LA ESCUELA Y LA FAMILIA.
Desde el inicio hemos acompañado y validado este material en la Mesa Técnica de Estudiantes del MEC, acompañados a su vez por los padres de familia de la Mesa Técnica de Padres. Es así que, habiendo sometido al método falsacionista las objeciones que han sido emitidas, los demás representantes de estudiantes a nivel país, llegamos a una serie de conclusiones que se resumen en los siguientes puntos:
1. A diferencia de la narrativa impulsada por los grupos de presión que se oponen a este plan, no se detectó intento alguno de imponer o favorecer a tal o cual credo por encima de otro a los estudiantes. En ningún momento el material contiene menciones a confesiones específicas. Es más, (con la única excepción de un fragmento en el que se presenta la posibilidad de que un Dios sea la explicación para la existencia del alma, en el marco de un análisis antropológico) NO hay siquiera mención alguna al concepto de Dios fuera de las secciones “Apertura a lo espiritual”, las cuales—como lo aclara la autora al comienzo del material—tienen el único propósito de capacitar a los docentes sobre cómo responder a aquellos estudiantes que potencialmente puedan tener preguntas de naturaleza religiosa y NO como contenido que deba ser enseñado a todos los estudiantes. En un país con 96 % de población que profesa una confesión cristiana, es innegable que surgirán estas clases de preguntas. Pretender lo opuesto es negar la propia realidad Paraguaya, de su gente, su cultura y su fe.
2. Tampoco han sido detectados discursos de odio o afirmaciones discriminatorias contra minorías sexuales. El material solo dedica un breve segmento de cinco párrafos a la homosexualidad contando una historia de superación ante la discriminación. Fuera de esto, solo son mencionadas las minorías sexuales en: a) una definición conceptual de homosexualidad y transexualidad, y b) un párrafo en el que se afirma, muy por el contrario, que “está bien oponerse a la discriminación injusta” contra estas personas.
3. La amplia mayoría de las objeciones restantes tienen base en a) falacias lógicas, b) errores axiomáticos (asintonía de bases) o conceptuales, o c) intentos de “refutar” nociones que son tales por definición. Gran parte de los aportes descartados como “carentes de evidencia científica” o tienen intentos de refutación que caen en esta última categoría o efectivamente sí están respaldados por numerosos estudios científicos, varios de los cuales cita la autora como fuentes.
Por otro lado, la Iglesia católica, como gran aportante de la historia y cultura de la humanidad, tiene el deber y el derecho de proponer en sus instituciones educativas un modelo personalista, científico, con valores y sentido de trascendencia, que tenga en cuenta las exigencias del corazón humano, mediante una educación sexual y afectiva que implique una visión antropológica adecuada y realista y ayude a los estudiantes a la conformación de un proyecto de vida saludable, libre y responsable para la realización personal, familiar y social.
Por tanto, y conforme a todo lo expuesto, DESAUTORIZAMOS el pedido de organizaciones que se abrogan falsamente la representación de todos los estudiantes, solicitando el retroceso en la implementación del plan por el MEC, en virtud a las más de quinientas instituciones que representamos esparcidas por los diecisiete departamentos del país, sin contar las demás instituciones privadas a nivel nacional, por lo que plasmamos nuestras voces en esta carta junto con cada estudiante que profesa la fe cristiana, los padres de familia y los obispos encargados responsables de la educación en el Paraguay; pues es imprescindible una educación afectiva en base a las virtudes cardinales con enfoque antropológico que lleve al hombre a su plenitud de conformidad a un modelo personalista y científico. Pasar esto por encima representaría un paso atrás en el proceso que hace largo tiempo venimos acompañando y un espeto ignominioso a todo el trabajo que venimos construyendo por años mediante el diálogo con incontables estudiantes, docentes, directivos, estudiosos, profesionales, padres y organismos del Estado en pos de una educación sexual y afectiva eficaz con fundamento científico.
DIEZ PREGUNTAS GENERADORAS DESDE UNA REFLEXIÓN SOBRE LA EDUCACIÓN LAICA
(01) ¿Con qué finalidad la Presidencia de la República crea la figura del asesor científico de la Presidencia de la República?
(02) ¿Dentro de contexto el asesor científico de la Presidencia de la República se refiere a la relación ciencia, educación pública y religión?
(03) ¿Qué se reclama en la nota de la Universidad Católica con respecto a las declaraciones del asesor científico de la Presidencia de la República?
(04) ¿Cuál es la relación de la nota de la FRENEC con la controversia Universidad Católica – declaraciones del asesor científico de la Presidencia de la República?
(05) ¿Todo este debate por qué refuerza la pertinencia de retomar un debate pedagógico sobre el concepto, sentido y alcance de la «educación laica» en un Estado que no es confesional?
(06) ¿Qué relación de poderes, derechos e institucionalidades se evidencia en este hilo documental compartido en este artículo?
(07) ¿En que contexto coyuntural y procesual de la vida del país se debe entender el contenido de la documentación compartida?
(08) Mirando esta documentación, leyendo esta información en la realidad paraguaya, educativa, social y política ¿Qué se está debatiendo, quiénes lo están debatiendo, qué intereses están en juego, cuál es la proyección o consecuencia de este debate, así como se está dando?
(09) ¿Hay actores ausentes en este debate?
(10) ¿Tiene algo que ver este debate con lo que está viviendo la democracia, la educación o la humanidad en estos momentos?
Observación
Este contenido integra el ARTICULO 2 de una serie de diez publicaciones sobre la temática «ESCUELA LAICA» en el contexto actual. El texto completo se encuentra, en formato PDF, en el apartado “Biblioteca” de este Blog.
INVITACIÓN A SEGUIR PENSANDO JUNTOS
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[1] Cfr.: Alba Rico, Santiago et al. (2017). El gran retroceso. Un debate internacional sobre el reto urgente de reconducir el rumbo de la democracia. Ed. Seix Barral
[2] Cfr.: Heinig, Hans Michael (2018). Säkularer Staat – viele Religionen: Religionspolitische Herausforderungen der Gegenwar. Ed. Kreuz
[3] Cfr.: Pérez, José Luis; Grundberger, Sebastián (2018). Evangélicos y poder en América Latina. Ed. IESC – Konrad Adenauer Stiftung